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Preguntasfrecuentes
Ambos trámites permiten a quienes los inician permanecer en Uruguay de manera regular. Sin embargo, están regulados por diferentes normas nacionales e internacionales y previstos para distintas situaciones, dependiendo principalmente de las razones por las que la persona haya salido de su país de nacionalidad o residencia habitual y/o no pueda regresar a él.
La solicitud de refugio es un instrumento de protección dirigido a personas que han sido perseguidas o temen serlo por su raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social o étnico u opiniones políticas, en su país de origen o nacionalidad. Igualmente, para personas que han visto su vida, libertad o seguridad amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público en dicho lugar.
Se encuentra regulada por la Ley N° 18.076. Puedes obtener mayor información aquí.
El trámite de residencia, por su parte, está destinado a todas aquellas personas que no se encuentren en ninguna de las situaciones anteriores y deseen establecerse en el país de manera temporal o definitiva. Para iniciarlo, dependiendo de la nacionalidad, puede existir el requisito previo de visa.
Este trámite se encuentra regulado por normas y disposiciones migratorias de Uruguay. Puedes obtener mayor información aquí.
PERSONAS SOLICITANTES DE REFUGIO
Para salir del país necesitarás un documento de viaje vigente y en buen estado como tu pasaporte o cédula de identidad de tu país de origen (dependiendo el país al que viajes). La cédula uruguaya por sí misma no es un documento hábil de viaje.
Es importante que previo al viaje:
1- Consultes en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de los países a los cuales tienes previsto viajar, las exigencias para el ingreso y permanencia en los mismos, que dependerán de tu país de nacionalidad. Esto puede implicar gestionar, en forma previa, una visa.
2- Gestiones el permiso de reingreso ante la Dirección Nacional de Migración de Uruguay, para presentar a las autoridades migratorias si regresas al país. Puedes solicitarlo ingresando aquí.
PERSONAS REFUGIADAS
Para salir del país necesitarás un documento de viaje vigente y en buen estado como tu pasaporte o cédula de identidad de tu país de origen (dependiendo el país al que viajes). La cédula uruguaya por sí misma no es un documento hábil de viaje.
Uruguay tiene acuerdos con los demás países de la región que son Parte o Asociados del Mercosur (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam y Venezuela) para que sus nacionales circulen entre sus territorios con los documentos de identidad nacionales. Esto quiere decir que, si eres refugiada/o en Uruguay pero también nacional de un país del Mercosur, podrás viajar a otro país del Mercosur con la cédula uruguaya.
Sugerimos que, previo al viaje, consultes en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de los países a los cuales tienes previsto viajar, las exigencias para el ingreso y permanencia en los mismos, que dependerán de tu país de nacionalidad. Esto puede implicar gestionar, en forma previa, una visa.
Las personas reconocidas como refugiadas tienen derecho a tramitar un Título de Identidad y Viaje, en base al artículo 43 de la Ley Nº 18.076. Para gestionarlo debes contactar a alguna de las instituciones parte de la Secretaría Permanente de la Comisión de Refugiados (CORE):
SEDHU: info@sedhu.uy
Ministerio de Relaciones Exteriores: secretaria.core@mrree.gub.uy
Las personas solicitantes de refugio no pueden solicitar reunificación familiar, pero esto no impide que tus familiares puedan venir a Uruguay. Deberán consultar los requisitos de ingreso al territorio aquí.
En especial, verifica si de acuerdo a la nacionalidad de tus familiares, Uruguay exige visa para el ingreso al país. En caso de querer solicitar refugio, recuerda que la solicitud puede realizarse en los puestos de migración al momento de ingresar a Uruguay.
La Secretaría Permanente de la Comisión de Refugiados (CORE) te contactará por teléfono o correo electrónico para coordinar tu entrevista de elegibilidad.
En la actualidad hay más de 24.000 personas solicitantes de refugio que esperan tener la entrevista, por lo que el tiempo de espera puede superar el año.
Sugerimos que si tus datos de contacto han cambiado recientemente, los actualices ante la Secretaría Permanente de la CORE enviando un correo electrónico a alguna de las instituciones que la conforman:
SEDHU: info@sedhu.uy
Ministerio de Relaciones Exteriores: secretaria.core@mrree.gub.uy
Obtendrás tu cédula permanente una vez que la Comisión de Refugiados (CORE) te otorgue el estatuto de refugiado/a.
Mientras seas solicitante de refugio, esperes por la entrevista de elegibilidad y por la resolución de la CORE, puedes renovar tu cédula provisoria las veces que sea necesario. La Dirección Nacional de Identificación Civil te otorgará tu primera cédula provisoria por dos años, posteriormente la tendrás que renovar cada un año.
La asignación familiar (AFAM) es una prestación social que brinda el Banco de Previsión Social (BPS) y se gestiona ante este.
Primero debes reunir los requisitos solicitados que correspondan, y luego puedes agendarte en la página web del BPS ingresando aquí.
Ten en cuenta que, entre la documentación que BPS solicita, se requiere presentar partidas de nacimiento de los/as menores de edad ya registradas en el libro de extranjeros del Registro Civil, o comprobante de haber iniciado el trámite, para hacer esto deberás tomar primero un turno en el Registro Civil, ingresando aquí.
Requisitos solicitados por BPS:
- Todas las personas integrantes del núcleo familiar deben tener cédula de identidad uruguaya.
- Los/as menores de edad deben realizarse controles pediátricos y/o de adolescente.
- Los/as menores de edad que estén en edad escolar y/o liceal deben solicitar constancia de asistencia en su centro de estudios.
- Deberás presentar las partidas de nacimiento de los/as menores de edad ya registradas en el libro de extranjeros del Registro Civil, o comprobante de haber iniciado el trámite.
- En caso de que los/as menores de edad no convivan con ambos padres, te solicitarán la tenencia judicial.
Importante: Las personas refugiadas o solicitantes de refugio tienen facilidades procesales por la Ley de Refugio uruguaya y por ende, pueden inscribir sus certificaciones a pesar de no estar apostilladas o legalizadas. Para esto, necesitan realizar la inscripción junto con una constancia emitida por la Secretaría Permanente de la Comisión de Refugiados (CORE).
Para solicitar esta constancia puedes contactar a la Secretaría Permanente de la CORE en SEDHU al siguiente correo: elegibilidad@sedhu.uy
Al momento de contactarte por correo para solicitar la constancia, es importante que:
1- Ya tengas cita en el Registro Civil (en caso de que necesites ingresar más de una partida/inscripción, deberás agendarte tantas veces como partidas/inscripciones debas inscribir).
2- Indiques la fecha de la cita.
3- Envíes fotos de las partidas/inscripciones que inscribirás.
4- Envíes fotos de los documentos de identidad/pasaportes de la persona titular de dicha partida/inscripción.
Si te encuentras en situación de calle, puedes solicitar ingreso a refugios del Ministerio de Desarrollo Social (Mides). Ingresando aquí encontrarás los distintos centros.
Si te encuentras en Montevideo, para solicitar el ingreso a un centro, puedes contactarte mediante WhatsApp al +598 92 910 000 o llamar al teléfono gratuito 0800 8798.
En el caso de que te encuentres en el interior del país, para solicitar el ingreso a un centro, puedes concurrir a las Oficinas Territoriales de Mides, según en el departamento en el que te encuentres. Ingresando aquí encontrarás las diferentes ubicaciones de dichas Oficinas en todo el país.
Si necesitas apoyo en alimentación, puedes inscribirte al Plan de Alimentación Territorial cuyo objetivo es brindar asistencia alimentaria todos los días de la semana a quienes lo necesiten.
Para postularte, puedes acercarte a las Oficinas Territoriales del MIDES. Ingresando aquí encontrarás las diferentes ubicaciones de dichas Oficinas en todo el país.
Podrás consultar el estado de tu postulación contactándote mediante WhatsApp +598 92 643 370, opción 8- Alimentación (INDA). También puedes contactarte al número telefónico gratuito 0800 7263.
Puedes obtener más información ingresando aquí.
Si has solicitado refugio pero aún no cuentas con la cédula de identidad uruguaya, puedes afiliarte provisoriamente a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) , presentando una copia de la constancia de solicitante de refugio que te dieron al realizar la solicitud de refugio, y tus documentos actuales.
Si te encuentras en Montevideo, deberás presentar dicha documentación en la oficina de ASSE, en la dirección Cerro Largo 1816.
Si te encuentras en el interior del país, para realizar la afiliación a ASSE deberás dirigirte al hospital más cercano a tu ubicación, con la documentación indicada anteriormente.
Es importante que, luego de que tengas la cédula de identidad uruguaya, te dirijas nuevamente al lugar donde realizaste la afiliación con el nuevo documento, para actualizar la afiliación.
Puedes contactar de forma presencial o virtual al Punto de Atención a Personas Migrantes en Asuntos Educativos. Allí se brinda información y se orienta a las personas migrantes que llegan a Uruguay acerca del funcionamiento del sistema educativo, su oferta y lugares donde se realizan los trámites de inscripción y reválidas.
El Programa de Educación Intercultural y Migrantes tiene como propósito trabajar en acciones que promuevan el derecho pleno de las personas migrantes en el marco del sistema educativo uruguayo, tanto en educación formal como no formal, promoviendo una educación intercultural desde un enfoque de Derechos Humanos.
Contacto:
- Atención Presencial: Hall del IMPO (18 de Julio 1373), lunes, martes, jueves y viernes de 10 a 16 horas.
- Atención Virtual: A través del correo electrónico educacionmigrantes@mec.gub.uy
Puedes trabajar formalmente sin tener aún tu documento de identidad uruguayo. Las personas solicitantes de refugio en esta situación podrán ser contratadas para desempeñarse en relación de dependencia laboral, siempre que acrediten su calidad de solicitantes de refugio en el país con la constancia vigente emitida por la Secretaría Permanente de la Comisión de Refugiados (CORE).
Ingresando aquí encontrarás más información al respecto.