nuestro trabajo

¿Qué
hacemos?

Inicio y seguimiento de solicitudes de refugio y de apatridia

En SEDHU puedes iniciar el trámite de solicitud de la condición de refugiado/a (Ley N° 18.076) ya que somos parte de la Secretaría Permanente de la Comisión de Refugiados (CORE) en Uruguay.

Como parte de este organismo, tomamos solicitudes de refugio, brindamos orientación sobre el proceso de determinación de la condición de refugiado y le damos seguimiento, además de realizar entrevistas de elegibilidad y elaborar dictámenes (informes) sobre los casos para la CORE, encargada de resolverlos.

A su vez, mantenemos el registro actualizado de las solicitudes de refugio en Uruguay y la etapa del procedimiento en la que se encuentra cada caso.

En SEDHU también puedes iniciar el trámite de solicitud de reconocimiento de la condición de persona apátrida (Ley Nº 19.682) ya que somos parte de la Secretaría Permanente de la CORE en Uruguay.

Al igual que en el caso de las solicitudes de refugio, tomamos solicitudes de apatridia, brindamos orientación sobre el proceso de determinación de la condición de persona apátrida y le damos seguimiento. También entrevistamos a las personas solicitantes de apatridia y elaboramos informes sobre los casos para la CORE, encargada de resolverlos.

Orientación legal

Brindamos orientación legal en todas las etapas de los procedimientos de determinación de la condición de refugiado/a y de persona apátrida, desde su inicio hasta la resolución de la CORE.

Asesoramos sobre los trámites de visa y de residencia legal y sus diferencias con la solicitud de refugio.

Informamos sobre los requisitos de ingreso al territorio uruguayo, el procedimiento de reunificación familiar y el inicio del trámite de ciudadanía legal para las personas refugiadas, entre otros temas de interés.

Orientación social y asistencia humanitaria

Con el objetivo de favorecer la inclusión social y el acceso a derechos de las personas con las que trabajamos, brindamos orientación y otorgamos información sobre diversos temas relativos al acceso a la salud, a la educación y a los programas de protección social, así como búsqueda de empleo y autoempleo, entre otros.

A su vez, en base a criterios preestablecidos, brindamos asistencia humanitaria.

Asimismo, proporcionamos acompañamiento a familias que arriban mediante Programas de Reasentamiento.

Instancias de intercambio con las personas refugiadas y migrantes

Con el objetivo de promover la participación, el intercambio y la construcción colectiva de soluciones, en SEDHU impulsamos distintos espacios grupales junto a personas refugiadas y migrantes. Estas instancias buscan fortalecer la integración, generar redes de apoyo y recoger las voces y experiencias de quienes acompañamos, promoviendo su participación activa en la vida comunitaria y en el diseño de respuestas que las involucren.

Diagnósticos Participativos

Todos los años realizamos ejercicios de Diagnósticos Participativos, una herramienta promovida por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), orientada a fortalecer la participación de las personas refugiadas y migrantes en el Proyecto SEDHU–ACNUR. Estas instancias grupales permiten identificar, desde la voz de las propias personas participantes, los principales desafíos, oportunidades y propuestas vinculadas a sus procesos de integración en Uruguay. A través del diálogo y el intercambio colectivo, se generan aportes fundamentales para orientar el trabajo institucional y acercar sus preocupaciones y recomendaciones a las autoridades y actores involucrados.

Proyecto Fortalecernos

Fortalecernos es un proyecto de SEDHU que genera espacios de encuentro, intercambio y fortalecimiento comunitario con personas refugiadas y migrantes. A través de talleres grupales y actividades comunitarias, se promueve la integración social, el acompañamiento psicosocial y el reconocimiento de las capacidades, saberes y recursos de las personas participantes. El proyecto busca fortalecer vínculos, construir redes de apoyo y generar espacios de participación que contribuyan al bienestar y la inclusión.Como parte de Fortalecernos 2025, se desarrolló el libro Historias que viajan, una publicación que reúne relatos y experiencias de personas refugiadas y migrantes, poniendo en valor sus trayectorias, desafíos y proyectos de vida.

Compartiendo Caminos

Compartiendo Caminos es un espacio de escucha, encuentro y acompañamiento dirigido a personas adultas refugiadas y migrantes. A través de instancias grupales de intercambio, se busca generar un entorno de confianza donde las personas puedan expresar sus emociones, compartir experiencias y reflexionar sobre los procesos vividos desde su llegada al país.

 

Actividades de incidencia

Como parte de la CORE procuramos incidir en la facilitación del acceso a derechos, así como en la promoción de la integración de las personas solicitantes de refugio, refugiadas y apátridas en Uruguay. Del mismo modo, al integrar la Secretaría Permanente de la CORE, órgano técnico y administrativo de la Comisión, contribuimos a fortalecer y mejorar el sistema de refugio en Uruguay.

Por otra parte, somos miembros de la Red de Apoyo al Migrante y a través de ésta del Consejo Consultivo Asesor en Migración, órgano asesor de la Junta Nacional de Migración. Así, junto a otras organizaciones, representamos a la sociedad civil ante las autoridades que toman decisiones sobre la política migratoria de Uruguay y mantenemos un diálogo constante con ellas.

Personas uruguayas exiliadas - Ley 18.033

Brindamos asesoramiento a las personas que deseen iniciar el trámite para acogerse al beneficio de la Ley Nº 18.033 del 13 de octubre del año 2006 “SEGURIDAD SOCIAL. EMPLEADOS PRIVADOS. DESTITUIDOS. BENEFICIO DE LA PENSIÓN ESPECIAL REPARATORIA”. La misma otorga derecho a un cómputo jubilatorio ficto según se cumplan los requisitos en ella establecidos.

En particular, asesoramos a las personas amparadas por la causal prevista en el literal A) del Artículo 1, a saber: quienes por motivos políticos, ideológicos o gremiales entre el 09/02/1973 y el 28/02/1985 “hayan sido obligadas a abandonar el territorio nacional siempre que hubieran retornado antes del 01/03/1995”.